Reconocimiento de la dignidad segun la UNESCO
Video sobre la dignidad humana
En el Viejo Continente, aunque ni el Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950 ni sus Protocolos adicionales se refieren expresamente al término dignidad, la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reivindicado, en diversas ocasiones, que el respeto a la dignidad y la libertad humana es la esencia misma de dicha Convención. Actualmente, este es uno de los valores de respeto comunes en los que se fundamenta la Unió
n Europea (Art. 2 del Tratado de Lisboa) y la base de nuestros derechos fundamentales, tal y como establece el Art. 1 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, cuando proclama que la dignidad h..
umana es inviolable. Será respetada y protegida; consagrándola, como un derecho humano autónomo (independiente de los demás).
n Europea (Art. 2 del Tratado de Lisboa) y la base de nuestros derechos fundamentales, tal y como establece el Art. 1 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, cuando proclama que la dignidad h..
umana es inviolable. Será respetada y protegida; consagrándola, como un derecho humano autónomo (independiente de los demás).
La redacción de este precepto se aproxima a la misma línea que ya marcó el Art. 1.1º de la Ley Fundamental de Alemania (1949): La dignidad de la persona humana es intangible. Todos los poderes son respetables
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